INGRESO MINIMO VITAL ¿PARA TODOS?

El artículo a que hemos remitido enumera:
A) Las cantidades a percibir: Las cantidades transferidas obedecen al siguiente criterio: se calcula el importe por hogar a razón de 530 euros para el primer miembro y el 50% para el resto de los miembros. Que es un criterio parecido al utilizado por la OCDE para establecer las diferencias de pobreza que existen según las distintas composiciones del hogar, pero reforzando el apoyo a las familias con menores. La cantidad total obtenida de los adultos se divide entre cada miembro adulto y la cantidad total de los menores se asigna a partes iguales entre los correspondientes tutores de los menores. (Cada adulto: 530-265=795 €: Menores: 265 €.- Total familia de 4 personas: 1.325 € mensuales)
B) Los pasos que deberían seguirse para su implantación:
1.La administración abre un período de petición on-line para que toda persona pueda solicitar la RB. Para ello es necesario facilitar una cuenta corriente para cada persona adulta. Si no se dispone de la misma se utiliza Bankia, ya que se trata de un banco público. La RB es inembargable excepto por fraude fiscal posterior a su implementación.
2. La administración hace las comprobaciones electrónicas relativas a las características del hogar al que pertenece el solicitante (cuántas personas adultas y cuantos menores conviven en el mismo) y a todo solicitante se le transfiere sin condiciones. De forma casi inmediata.
3. El pago se prolonga indefinidamente o, como mínimo, hasta tres meses después de que se haya declarado el final de la situación de emergencia. De ahí que podamos llamarla también “renta de cuarentena”.
4. En el ejercicio 2021 todas las personas perceptoras deberán presentar su declaración del IRPF. De hecho, la hará como ya lo hace en la actualidad la Agencia Estatal de la administración Tributaria (AEAT), a través del borrador que envía a cada contribuyente.
5. Las personas perceptoras de RB y de otros ingresos pagarán en función del total de ingresos, descontando la transferencia de RB percibida.
6. Las personas que únicamente hayan percibido la transferencia de RB anualizada no pagarán nada por esta declaración del IRPF.
7. Se reducen los pagos en efectivo a un máximo de 500 euros por transacción. Y se estudia que todas las transacciones lleven una identificación fiscal de comprador y vendedor con información electrónica (con una app en móvil para pequeños negocios).
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